InfoSalud/ Santo Domingo, R.D.– El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) informó que, mediante la Resolución No. 628-02, dispuso la extensión del plazo de cobertura de las atenciones médicas derivadas de accidentes de tránsito para los afiliados de los regímenes Contributivo y Subsidiado del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
De acuerdo con lo establecido, la medida está vigente desde el 16 de enero de 2026 y se mantendrá hasta tanto sea modificada la Ley No. 87-01, con el objetivo de evitar interrupciones en la prestación de servicios y asegurar la protección de los afiliados.
La resolución dispone que las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) y su Red de Prestadores de Servicios de Salud (PSS) deben brindar a su población afiliada las atenciones correspondientes en las mismas condiciones que se han estado aplicando.
Asimismo, se mantiene el per cápita de RD$32.24 para el Régimen Contributivo y de RD$11.45 para el Régimen Subsidiado. Además, la cobertura del Fondo Nacional de Atención Médica por Accidentes de Tránsito (FONAMAT)se establece en 60 salarios mínimos cotizables.
El CNSS instruyó a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a dar cumplimiento a la disposición, para que se realicen las dispersiones de los per cápitas correspondientes conforme a lo establecido y a lo dispuesto en la Resolución CNSS No. 590-03.
El CNSS recordó que los accidentes de tránsito figuran entre las principales causas de discapacidad y muerte en el país, afectando especialmente a la población en edad económicamente activa.
La decisión también llama a incluir la revisión del artículo 119 en la reforma de la Ley 87-01, con miras a fortalecer el marco que sustenta la cobertura por accidentes de tránsito dentro del SDSS.
